El artículo 67 de la Constitución Política de Colombia - La educación como derecho y deber social
El artículo 67 de la Constitución Política de Colombia: Fundamento del derecho a la educación y guía para el ejercicio docente
La Constitución Política de Colombia de 1991 marcó un punto de inflexión en la historia educativa del país. Con su promulgación, se estableció un marco jurídico que concibe la educación no solo como un servicio público, sino como un derecho fundamental y un deber del Estado, la sociedad y la familia. El artículo 67 es la columna vertebral de este enfoque. En él se reconoce que la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona, el respeto a los derechos humanos, la paz y la democracia. Para los docentes —en ejercicio o en formación—, comprender a fondo este artículo es esencial, pues constituye el fundamento legal de su labor pedagógica y ética. Entender sus implicaciones permite fortalecer el ejercicio docente, orientar las prácticas hacia la inclusión y la calidad, y comprender las responsabilidades compartidas entre los actores del sistema educativo.
1. Contexto histórico y propósito del artículo 67
Antes de 1991, la educación en Colombia se regía por una visión centralista y limitada a la instrucción básica. Con la nueva Constitución, el Estado colombiano adoptó una perspectiva humanista, democrática y participativa. El propósito del artículo 67 es garantizar que toda persona tenga acceso a una educación de calidad, promoviendo el desarrollo de capacidades ciudadanas y morales. Además, se busca que la educación forme ciudadanos responsables, respetuosos de la ley y comprometidos con la transformación social. Este artículo también define las responsabilidades del Estado en cuanto a la inspección, vigilancia y financiación del servicio educativo, consolidando un sistema en el que la calidad, la equidad y la participación son principios rectores.2. Texto base del artículo 67
El texto constitucional establece:“La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y comprenderá como mínimo un año de preescolar y nueve de educación básica.”Este fragmento sintetiza la visión integral de la educación: un proceso formativo, continuo y esencial para el desarrollo humano y social.
3. Desglose y análisis de los apartes más relevantes
A continuación, se analizan los aspectos más destacados del artículo 67, esenciales para el ejercicio docente y la comprensión de la política educativa nacional.Aspecto o Artículo Clave | Contenido resumido | Implicaciones para el ejercicio docente |
---|---|---|
Derecho y servicio público | La educación es un derecho de toda persona y un servicio con función social. | El docente debe garantizar la equidad, la inclusión y el respeto a la diversidad en su práctica. |
Finalidad formativa | Busca el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los valores culturales. | El docente promueve aprendizajes significativos que desarrollen competencias científicas, artísticas y sociales. |
Formación en derechos humanos y paz | La educación debe formar ciudadanos comprometidos con la democracia y la convivencia pacífica. | El aula se convierte en espacio de diálogo, respeto y resolución pacífica de conflictos. |
Responsabilidad compartida | Estado, sociedad y familia son corresponsables de la educación. | El docente fomenta la participación activa de las familias y la comunidad educativa. |
Obligatoriedad y cobertura | La educación es obligatoria de los 5 a los 15 años, incluyendo preescolar y básica. | Los docentes deben apoyar estrategias de permanencia y prevención de deserción escolar. |
Inspección y vigilancia | El Estado regula y supervisa la calidad educativa. | El docente participa en procesos de evaluación institucional y mejora continua. |
4. Objetivos centrales y alcance del artículo 67
El artículo 67 persigue varios objetivos interconectados:4.1. Garantizar el acceso universal a la educación
El Estado debe asegurar que todas las personas puedan estudiar sin discriminación. Esto implica políticas de inclusión, gratuidad en la educación pública y atención especial a poblaciones vulnerables.4.2. Promover la calidad educativa
El docente es protagonista en la implementación de estrategias pedagógicas que aseguren aprendizajes significativos y pertinentes.4.3. Formar ciudadanos integrales
La finalidad no se limita al aprendizaje académico, sino al fortalecimiento de valores, ética, conciencia ambiental y respeto por la diferencia.4.4. Fomentar la corresponsabilidad social
El aprendizaje trasciende la escuela. La familia y la sociedad son aliadas en el desarrollo educativo, y el docente actúa como mediador entre estos entornos.5. Relación con el ejercicio pedagógico
El artículo 67 define los principios que orientan el quehacer del maestro colombiano:5.1. Educación como práctica de libertad
Inspirado en la pedagogía crítica, el docente contribuye a la formación de sujetos autónomos y participativos. Su labor no es solo transmitir conocimiento, sino acompañar procesos de pensamiento crítico.5.2. Inclusión y equidad
El mandato constitucional exige atender las diferencias culturales, lingüísticas y socioeconómicas. Esto se traduce en prácticas pedagógicas inclusivas, adaptaciones curriculares y atención al ritmo de aprendizaje de cada estudiante.5.3. Evaluación formativa
La evaluación se concibe como proceso continuo y participativo. El maestro debe valorar el progreso del estudiante considerando sus potencialidades, más que solo los resultados cuantitativos.5.4. Convivencia y ciudadanía
El aula es un microcosmos de la sociedad democrática. Promover el respeto, la participación y la resolución pacífica de conflictos es parte esencial del ejercicio docente.6. Actores involucrados según el artículo 67
6.1. El Estado
Es responsable de financiar, planificar, inspeccionar y garantizar la calidad educativa. Además, promueve políticas de formación docente y de fortalecimiento institucional.6.2. La sociedad
Incluye las organizaciones civiles, los medios de comunicación y las comunidades locales, que apoyan proyectos educativos y culturales.6.3. La familia
Es el primer agente educativo. El artículo 67 subraya su papel en la formación integral del estudiante, complementando la labor del maestro.6.4. Las instituciones educativas
Tienen la misión de materializar los principios constitucionales en su Proyecto Educativo Institucional (PEI), articulando currículo, convivencia y participación democrática.7. Aplicaciones prácticas del artículo 67 en la labor docente
Diseño curricular: los planes de área deben responder a los fines de la educación definidos por la Constitución: desarrollo integral, respeto a los derechos humanos y formación ciudadana. Práctica pedagógica inclusiva: atender la diversidad del aula mediante estrategias diferenciadas y apoyo pedagógico. Educación ambiental: incluir proyectos pedagógicos que promuevan el cuidado del entorno y la sostenibilidad. Formación en valores democráticos: fomentar la participación estudiantil y la construcción colectiva de normas de convivencia. Corresponsabilidad familiar: involucrar a los padres en procesos de aprendizaje y orientación escolar. Evaluación con sentido humano: aplicar instrumentos que permitan reconocer avances personales, no solo resultados académicos.Ejemplos concretos en el contexto escolar
Un docente de ciencias promueve la experimentación y el pensamiento crítico, contribuyendo al acceso a la ciencia y la técnica. Un orientador escolar diseña talleres de convivencia donde se practican valores de paz y respeto, cumpliendo el mandato constitucional. Un maestro rural organiza proyectos comunitarios con las familias, fortaleciendo la corresponsabilidad educativa.8. Preguntas importantes sobre el artículo 67
- Según el artículo 67 de la Constitución, ¿quiénes son responsables de la educación en Colombia? A) Solo el Estado B) El Estado, la sociedad y la familia ✅ C) Únicamente el Ministerio de Educación D) Las instituciones educativas privadas.
- ¿Cuál es la finalidad principal de la educación según la Constitución de 1991? A) Formar para el trabajo únicamente B) Transmitir conocimientos básicos C) Desarrollar integralmente a la persona en el respeto a los derechos humanos ✅ D) Favorecer la competencia individual.
- ¿Qué nivel educativo es obligatorio según la Carta Magna? A) Solo la educación media B) Educación básica y un año de preescolar ✅ C) Educación superior D) Educación técnica.
- ¿Qué implica que la educación sea un servicio público con función social? A) Que puede ser ofrecida libremente sin control estatal B) Que el Estado debe garantizar su acceso y calidad ✅ C) Que es un privilegio condicionado D) Que no requiere financiación pública.
- ¿Cómo debe reflejarse la formación en democracia y paz en el aula? A) Con castigos y sanciones B) Con espacios de participación y resolución pacífica de conflictos ✅ C) Con enfoque memorístico D) Con trabajo individualizado exclusivamente.